El Consejo de Defensa del Estado (CDE) ha calificado como «viciada» y «deficitaria» la sentencia que condenó al Fisco chileno a pagar casi $500 millones a los propietarios de la ex Fuente Alemana, en respuesta a una demanda por falta de servicio tras el estallido social de octubre de 2019. Esta decisión ha generado un intenso debate sobre la responsabilidad del Estado en situaciones de crisis y la interpretación de la falta de servicio.
La apelación presentada por el CDE ante la Corte de Apelaciones de Santiago busca revocar este fallo, argumentando que la sentencia no cuenta con la fundamentación adecuada para establecer la responsabilidad del Estado. Según el CDE, la jueza Mónica Cortés Rosso, del 24° Juzgado Civil de Santiago, erróneamente juzgó los hechos desde una perspectiva retrospectiva, sin considerar las complejidades y riesgos que enfrentaron las autoridades en el momento de los eventos.
La sentencia original, emitida a finales de diciembre del año pasado, condenó al Estado a pagar un total de $420.632.333 por lucro cesante, además de indemnizaciones por daño moral a los miembros de la familia Siri, que suman un total de $475.632.333. Sin embargo, el CDE sostiene que la decisión judicial se basa en un silogismo que coloca al Estado como un «asegurador universal» de los administrados, lo cual no es compatible con la responsabilidad estatal por falta de servicio, que debe ser evaluada de manera subjetiva.
### La Perspectiva del Consejo de Defensa del Estado
El CDE ha argumentado que la sentencia no establece claramente cuál era la conducta exigible a Carabineros y otras autoridades durante el estallido social. En su apelación, el CDE enfatiza que la presencia de Carabineros no garantizaba la protección de la ex Fuente Alemana, dado que durante ese periodo, 544 cuarteles policiales fueron atacados, lo que demuestra la magnitud de la crisis social.
El CDE también ha señalado que la capacidad del Estado para contener fenómenos delictivos es inherentemente limitada en comparación con la capacidad de la población para generar caos. Esta afirmación se apoya en ejemplos históricos, como el ataque al Capitolio en EE.UU. en 2001, donde a pesar de contar con una de las fuerzas policiales más avanzadas, se produjo un ataque exitoso.
La apelación del CDE destaca que no se puede considerar que toda falta de acción por parte del Estado sea sinónimo de falta de servicio. En este sentido, la defensa fiscal argumenta que la sentencia original no toma en cuenta las limitaciones de recursos y la necesidad de priorizar la asignación de estos en situaciones de crisis.
### La Reacción de la Familia Siri
Por su parte, la familia Siri, representada por la abogada Josefina Escobar, también ha presentado una apelación. Solicitan que se reajusten los montos de indemnización por lucro cesante desde el periodo en que se produjo el daño hasta el pago efectivo del resarcimiento. Además, argumentan que el daño moral debe ser reconocido para otros miembros de la familia, y que el impacto de la pandemia de COVID-19 en la generación de daños debe ser evaluado de manera más justa.
La familia Siri ha solicitado que se modifique la forma de calcular el impacto de la pandemia, aplicando un descuento del 50% solo para un periodo específico, en lugar de un 20% del total del periodo de falta de servicio. En su apelación, argumentan que el monto total de indemnización debería alcanzar los $924.478.211, considerando todos los factores mencionados.
Este caso ha puesto de relieve las tensiones entre la responsabilidad del Estado en situaciones de crisis y las expectativas de los ciudadanos respecto a la protección y el servicio público. La apelación del CDE y la respuesta de la familia Siri son solo dos caras de una misma moneda, que refleja la complejidad de la relación entre el Estado y sus administrados en tiempos de crisis. A medida que el caso avanza en el sistema judicial, se espera que se establezcan precedentes importantes sobre la responsabilidad del Estado y la interpretación de la falta de servicio en situaciones excepcionales.
