La reciente decisión de la Sexta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago ha generado un gran revuelo en el ámbito deportivo y legal en Chile. La corte acogió un recurso de protección interpuesto en favor de una joven hincha del club Colo Colo, quien había sido sancionada con una prohibición de ingreso al Estadio Monumental hasta el año 2035. Esta situación ha puesto de relieve la importancia de los derechos de los aficionados y la necesidad de un debido proceso en la aplicación de sanciones por parte de las instituciones deportivas.
### Contexto de la Sanción
La joven afectada, una estudiante de 17 años con un historial académico destacado y sin antecedentes penales, se enteró de la prohibición de ingreso al intentar comprar una entrada para un partido en marzo de 2025. La sanción, que se basaba en un hecho denominado «F.ARTIFICIAL» relacionado con un partido disputado el 9 de marzo de 2025, fue comunicada de manera informal y nunca se le permitió presentar descargos o pruebas en su defensa. Esta falta de comunicación y el hecho de que la sanción se extendiera por un período tan largo, generaron una serie de cuestionamientos sobre la legalidad y la proporcionalidad de la medida.
La Corte de Apelaciones destacó que el protocolo de la Asociación Nacional de Fútbol Profesional (ANFP) establece un máximo de dos años para sanciones de este tipo, lo que hace que la prohibición impuesta a la joven resultara desproporcionada. Además, se subrayó que la decisión del club no contaba con un respaldo sólido, ya que no se presentaron pruebas que justificaran la sanción, como partes policiales o testimonios de seguridad.
### La Actitud del Club y el Proceso Judicial
Durante el proceso judicial, la actitud de Blanco y Negro S.A., la sociedad que administra Colo Colo, fue objeto de críticas. El club fue notificado en varias ocasiones para que presentara un informe al tribunal, pero se negó a hacerlo. Esta falta de cooperación obligó a la Corte a resolver el caso sin contar con la información del club, lo que complicó aún más la situación.
La Corte revisó el marco normativo aplicable y determinó que la aplicación del derecho de admisión contra la joven no estaba justificada. La descripción del ilícito que se le atribuía era vaga e imprecisa, y no se presentaron antecedentes que corroboraran la acusación. La Corte también enfatizó que la joven no fue emplazada ni escuchada, lo que vulneró su derecho a defensa.
El tribunal concluyó que la sanción impuesta era excesiva y carecía de fundamento, lo que llevó a la decisión de revocar la prohibición de ingreso. La Corte ordenó a Blanco y Negro S.A. que excluyera a la joven de cualquier lista relacionada con el derecho de admisión y que informara de esta decisión a la ANFP y a los portales de venta de entradas en un plazo de cinco días hábiles.
### Implicaciones de la Decisión
La decisión de la Corte no solo representa un triunfo para la joven hincha, sino que también plantea importantes interrogantes sobre la forma en que se manejan las sanciones en el ámbito deportivo. La falta de un debido proceso y la ausencia de pruebas concretas para justificar sanciones severas pueden llevar a situaciones de injusticia, especialmente cuando se trata de menores de edad.
Además, este caso resalta la necesidad de que las instituciones deportivas actúen con mayor transparencia y responsabilidad al aplicar sanciones. La protección de los derechos de los aficionados debe ser una prioridad, y las decisiones que afectan su capacidad de disfrutar de eventos deportivos deben basarse en un marco legal claro y justo.
La Corte, al acoger el recurso de protección, también subrayó la importancia de garantizar el derecho a la recreación y el esparcimiento, especialmente para los jóvenes. La prohibición de ingreso a un estadio por un período tan extenso no solo afecta a la persona sancionada, sino que también limita su derecho a participar en actividades que son parte integral de la cultura y la vida social del país.
En resumen, este fallo no solo restablece el derecho de la joven a asistir a los partidos de su equipo, sino que también establece un precedente importante en la defensa de los derechos de los aficionados y la necesidad de un debido proceso en el ámbito deportivo. La Corte ha dejado claro que las sanciones deben ser proporcionales y justificadas, y que todos los aficionados, independientemente de su edad, tienen derecho a disfrutar de los eventos deportivos sin temor a sanciones arbitrarias.