La reciente renovación de Osvaldo Macías como superintendente de Pensiones ha traído consigo un nuevo desafío en el ámbito legal, ya que tres Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) han decidido llevar a cabo acciones judiciales en su contra. Las AFP Habitat, Planvital y Cuprum han interpuesto demandas que cuestionan decisiones administrativas que, según ellas, afectan su derecho de propiedad. Este conflicto se centra en dos oficios emitidos por la Superintendencia que modifican criterios establecidos durante décadas en el sistema de pensiones.
### Demandas Judiciales y su Contexto
Las demandas fueron presentadas en mayo y junio de 2025, y se basan en la necesidad de anular los oficios Ordinario N°22.230 y Ordinario N°351, que alteran la forma en que se manejan las cotizaciones adicionales. El primer oficio, emitido en noviembre de 2022, establece que en el caso de pagos atrasados de cotizaciones, la AFP debe recibir únicamente la comisión correspondiente a su valor nominal, además de las costas. Esto implica que los reajustes e intereses generados por las cotizaciones adicionales, que anteriormente beneficiaban a las AFP, ahora deben ser entregados a los afiliados.
Las AFP argumentan que esta interpretación de la Superintendencia no solo es errónea, sino que también perjudica su capacidad de administrar las cuentas de los afiliados. En su demanda conjunta, Habitat y Cuprum sostienen que, al recibir las cotizaciones a valor nominal, no se compensa adecuadamente el detrimento patrimonial que sufren al no recibir los reajustes e intereses. Según ellas, estos elementos no representan un enriquecimiento, sino una forma de resarcir el perjuicio por la falta de cotizaciones en el tiempo.
La Corte de Apelaciones de Santiago inicialmente acogió los recursos de protección interpuestos por las AFP, dejando sin efecto los actos impugnados. En su fallo, el tribunal señaló que la interpretación de la Superintendencia se alejaba de la literalidad de la ley y que no se especificaba que los recargos, reajustes e intereses debían ser entregados a los afiliados. Sin embargo, esta decisión fue revocada por la Corte Suprema, que no abordó el fondo del asunto, sino que se centró en la naturaleza de la acción cautelar presentada.
### Respuesta de la Superintendencia de Pensiones
En respuesta a las demandas, la Superintendencia de Pensiones ha defendido su posición, argumentando que no ha despojado a las AFP de su derecho sobre los reajustes, intereses y recargos. Según la Superintendencia, el cambio en la jurisprudencia administrativa se basa en la aplicación de la ley y está en consonancia con la Constitución Política de la República. En su defensa, se sostiene que los actos administrativos cuestionados no presentan vicios de forma ni extralimitación de funciones, y que simplemente reflejan un cambio en la interpretación de las normas del sistema previsional.
La Superintendencia también ha enfatizado que su interpretación garantiza el derecho de propiedad de los afiliados sobre sus cotizaciones, incluyendo los recargos e intereses judiciales. Esto se alinea con el artículo 19 N°24 de la Constitución, que protege los derechos de propiedad. En este sentido, la Superintendencia ha manifestado que sus acciones están dentro del marco de sus competencias legales, que incluyen la interpretación de normas, la emisión de instrucciones obligatorias y la fiscalización de las entidades del sistema.
El conflicto entre las AFP y la Superintendencia de Pensiones no solo pone de relieve las tensiones existentes en el sistema de pensiones chileno, sino que también plantea interrogantes sobre la interpretación de la ley y el papel de las entidades reguladoras. A medida que avanza este proceso judicial, se espera que se establezcan precedentes importantes que podrían influir en la forma en que se manejan las cotizaciones y los derechos de los afiliados en el futuro.
La situación actual refleja un momento crítico en el sistema de pensiones, donde las decisiones administrativas y judiciales tendrán un impacto significativo en la relación entre las AFP y los afiliados. La resolución de este conflicto podría redefinir la manera en que se gestionan las cotizaciones y los derechos de propiedad en el sistema de pensiones chileno, lo que a su vez podría afectar la confianza de los ciudadanos en el sistema de pensiones y en las entidades que lo regulan.